Portal de Datos sobre Medidas Comerciales Correctivas
Base de datos pública sobre las medidas antidumping y las medidas en materia de derechos compensatorios adoptadas por los Miembros de la OMC, mantenida por la Secretaría de la Organización.
Introducción
Medidas antidumping
De conformidad con el Acuerdo Antidumping de la OMC, los Miembros pueden aplicar medidas temporales para contrarrestar las importaciones objeto de dumping que causen daño a sus ramas de producción nacionales que producen productos similares. Antes de aplicar cualquier medida, el Miembro importador pertinente debe llevar a cabo una investigación.
Esta página web contiene información actualizada sobre las medidas antidumping adoptadas por los Miembros de la OMC.
Sobre la base de las notificaciones presentadas por los Miembros de la OMC en el período de notificación más reciente, a fecha de 30/06/2024 había
La información facilitada aquí puede estar incompleta en la medida en que los Miembros no hayan facilitado sus informes semestrales.Medidas compensatorias
En virtud del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, los Miembros podrán aplicar una medida compensatoria si demuestran que las importaciones en cuestión están subvencionadas y están causando daño a su rama de producción nacional. Antes de aplicar cualquier medida, el Miembro importador pertinente debe llevar a cabo una investigación.
Esta página web contiene información actualizada sobre las medidas en materia de derechos compensatorios adoptadas por los Miembros de la OMC.
Sobre la base de las notificaciones presentadas por los Miembros de la OMC en el período de notificación más reciente, a fecha de 30/06/2024 había
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